Graves amenazas en contra del CRIT
Bogotá D.C., 6 de noviembre de 2017
Señores
COMISIONADOS y demás entidades competentes
Bogotá D.C.
E. S. D.
Ref.: Coadyuvancia por Amenazas en contra de la Consejera Mayor y el Consejero de Derechos Humanos del Consejero Regional Indígena del Tolima – CRIT.
Respetuoso Saludo,
Por medio del presente escrito, coadyuvamos las acciones urgentes emitida por la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC; con relación a las amenazas proferidas a través de llamadas, en contra de la Consejera Mayor, Yanet del Pilar Suárez y el Consejero de Derechos Humanos, Jesús Emilio Torres del Consejero Regional Indígena del Tolima – CRIT, por parte de las Águilas Negras, el día 5 de noviembre del año en curso, en el departamento del Cauca y en redes sociales.
Resultan deleznables las amenazas tendientes a constreñir nuestro legítimo derecho a la protesta social en el marco de la Minga Indígena Nacional, siendo esta realidad, motivada y fortalecida por las estigmatizaciones provenientes del Gobierno Nacional y las entidades e instituciones que conforman al Estado Colombiano.
Por este motivo coadyuvamos las solicitudes relacionadas en la acción urgente referenciada, a saber:
1. “A la UNP, para que analice las respectivas medidas de seguridad en cuanto a los últimos hechos descritos y se estudie la necesidad de implementar medidas de protección necesarias con un esquema de protección, a los miembros de esta familia indígena, para salvaguardar la vida e integridad personal de esta persona y de sus familias, quienes a la fecha se encuentran en riesgo latente.
2. Al SNARIV, especialmente a la UARIV, para que en observancia del Decreto Ley 4633 de 2011, inicien las acciones a las que haya lugar de manera integral para atender de manera urgente a las comunidades y personas afectadas por los hechos descritos.
3. Al Sistema de Alertas Tempranas (SAT) y la Defensoría del Pueblo se advierte la situación de riesgo ante amenazas, atentados contra la vida, persecuciones e intimidaciones en que se encuentran los líderes indígenas, y en general las comunidades indígenas de todo el territorio nacional.
4. A la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y personería Municipal, para que verifiquen los hechos descritos y genere desde sus competencias las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a quienes se encuentran afectados por estas graves denuncias.
5. A la FGN, que de acuerdo al resorte de sus funciones misionales inicie las investigaciones pertinentes, para dar con los responsables de estos hechos, logrando individualizar y condenar a los mismos, de igual forma informe a esta consejería sobre las acciones adelantadas en el marco de las investigaciones.
6. Al Ministerio del interior, para que tome las acciones necesarias en aras de exigir el respeto y protección para garantizar la vida de estos líderes y comunidades indígenas así como las acciones pertinentes para exigir al Gobierno Colombiano se garantice la pervivencia física de los pueblos indígenas e integridad personal de sus líderes en medio de un proceso de paz.
7. A la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, para que verifiquen los hechos descritos y genere desde sus competencias las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a quienes se encuentran afectados por estas graves denuncias.
8. A las agencias internacionales y demás organizaciones de la sociedad civil solidarias con los Pueblos Indígenas, para que en el marco de sus funciones misionales exijan al Estado Colombiano realice las acciones necesarias para garantizar y proteger los derechos de las comunidades Indígena en mención”.
Por último solicitamos, se remita por intermedio de la Secretaría de esta Comisión un informe detallado sobre los trámites, gestiones y respuestas dadas en relación con las solicitudes relacionadas en la presente coadyuvancia, con fundamento en los alcances legales conferidos a esta Comisión en el marco del Decreto 1396 de 1996.
Para todos los efectos de los requerimientos efectuados, anexamos los siguientes documentos:
1. Acción urgente emitida por la ONIC, por las amenazas proferidas en contra de la Consejera Mayor, Yanet del Pilar Suárez y el Consejero de Derechos Humanos, Jesús Emilio Torres del Consejero Regional Indígena del Tolima – CRIT. 5 de noviembre de 2017.
Es importante señalar que la presente comunicación tiene por objeto materializar los principios de colaboración armónica y coordinación (artículos 113 y 209 de la Constitución Política), a los cuales está llamada la Comisión, en observancia del estatus que ostenta por decreto.
Quedamos atentos a cualquier inquietud que la presente solicitud/coadyuvancia pueda suscitar, acusando recibo del presente escrito y sus respectivos adjuntos y a la espera de pronta respuesta con relación a las medidas urgentes tramitadas en respuesta a las solicitudes relacionadas previamente.
Fraternalmente,
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS - CDDHHPI