Denuncia Pública Y Alerta Urgente Por Riesgo Inminente Contra La Vida, Seguridad, Integridad Y Pervivencia De Los Pueblos Indígenas
- por comunicaONIC
POR EL RESPETO A LAS AUTORIDADES Y LA AUTONOMIA TERRITORIAL
Bakatá, 10 de marzo 2021
La Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC en su calidad de Autoridad Nacional de Gobierno Indígena DENUNCIA Y COMUNICA que los hechos violatorios de la autonomía territorial, ocurridos el 8 de Marzo en el Resguardo El Doce Quebrada Borbollón del municipio del Carmen de Atrato, en el departamento del Chocó, en cabeza del Ejército Nacional de Colombia y que conllevaron a la Guardia Indígena y a las Autoridades a actuar en defensa de la vida de las familias Embera Katío, se suman a una serie de hechos que configuran una grave crisis humanitaria y de derechos humanos en toda la región, en el que la vida, la seguridad e integridad de los pueblos indígenas se encuentra en alto riesgo de pervivencia.
HECHOS
El 8 de Marzo, el Gobernador indígena Alfonso Queragama, convoca a la guardia para realizar una actividad de verificación, registro y control territorial, pues se advertía sobre la presencia de un grupo armado indeterminado desde hacía 3 días aproximadamente en su jurisdicción, muy cerca de una fuente de agua, en medio de operaciones, fuertemente armados y en actitud sospechosa.
Cuando los comuneros indígenas perciben este grupo armado, son recibidos a disparos, ante lo cual, los guardias indígenas se regresan a avisar a las autoridades, que deciden abandonar sus casas y salir a resguardar sus vidas en las montañas junto al resto de la comunidad. Desde la distancia observan que este grupo armado ingresa hasta donde están ubicadas las casas, por lo que la comunidad indígena sale por un camino alterno hacia la carretera y se encuentran con una tropa del ejército nacional, a quienes les indagan si ellos como fuerzas militares tenían tropas dentro del Resguardo y de manera subsiguiente, les relatan lo ocurrido y el temor que les generó tal situación, viéndose abocados a tener que desplazarse forzosamente.
Las autoridades tradicionales piden apoyo al ejército y este se niega a realizar alguna actividad, aduciendo que no podían intervenir en este hecho. Cuando la guardia indígena, en cumplimiento de sus funciones de salvaguardar los territorios indígenas decide retener a 9 sujetos, fuertemente armados y con prendas militares, es cuando el ejército en la zona, acepta y reconoce ante las autoridades territoriales que estas personas hacen parte de las fuerzas del Estado, la Guardia procede entonces a verificar la identidad de estas personas como mecanismo de protección y defensa de los bienes jurídicos y de la vida de las comunidades indígenas.
Luego de la verificación de la identidad de las personas retenidas en funciones de las autoridades indígenas, se identifican como miembros del Ejército Nacional en funciones de operativos militares del Estado; sin embargo, llaman la atención 3 hechos:
- 1. ¿Si estaban en territorio de comunidades indígenas, por qué no avisaron a sus autoridades y se solicitó el permiso para operativos militares tal y como está consagrado en la normatividad colombiana cuando se tratase con Pueblos Indígenas?, ante esto, manifestamos que lo que allí ocurrió por parte de las fuerzas militares, fue una clara violación a la autonomía del territorio indígena y al reconocimiento de la autoridad tradicional.
- 2. ¿Siendo fuerzas legítimas del Estado, por qué no tenían la indumentaria, insignias, símbolos y demás elementos de identificación que permitieran a las comunidades indígenas saber que se interactuaba con fuerzas armadas legítimas y constitucionales?, lo que evidencia una grave violación al DIH y genera zozobra y confusión frente a la actuación del Ejército Nacional.
- 3. En este territorio se conoce y hemos denunciado la presencia de distintos actores armados, por lo que la reacción de las autoridades indígenas es legítima ante la protección de la vida y de la autonomía territorial de los Pueblos Indígenas, pues cualquier actor armado y más aún, con ausencia de simbología e insignias apropiadas y legales de las fuerzas militares, configuran un motivo para que en virtud del Derecho Propio las autoridades legítimas de los Pueblos Indígenas actúen para ejercer el control y protección de nuestros territorios y nuestras familias.
Frente al grave desenlace que generó esta situación en términos de seguridad y humanitaria, informamos que 20 familias indígenas que representan aproximadamente 70 personas del Pueblo Emberá Katío, se encuentran desplazadas; cuatro (4) comunidades están en estado de confinamiento y con riesgo de desplazamiento y la Guardia Indígena ad portas de ser denunciada ante la fiscalía por “secuestro, asonada y ataque a servidor público” acción que favorece la estigmatización y criminalización de la comunidad y sus autoridades, razón por la cual responsabilizamos al General Eduardo Enrique Zapateiro Altamiranda, Comandante del Ejército Nacional de Colombia y al general Juvenal Díaz, Comandante de la Séptima División del Ejército de cualquier hecho que pueda afectar o atentar contra la vida de la comunidad y sus autoridades derivados de este hecho.
Igualmente, rechazamos la estigmatización y responsabilizamos al señor Consejero Presidencial de Seguridad del gobierno de Iván Duque, Dr. Rafael Giovanni Guarín Cotrino, por sus afirmaciones en su cuenta de Twitter, según las cuales, los “Indígenas secuestradores de soldados son parte de red de valor de narcotráfico. Delincuentes que se amparan bajo jurisdicción indígena, convertida en garantía de impunidad, y que se esconden en algunos resguardos transformados en santuarios del crimen. Urge reforma constitucional.” Estas declaraciones de un funcionario de este nivel violan claramente el derecho al buen nombre de los pueblos y comunidades indígenas.
CONSIDERACIONES
1. El relacionamiento y la interlocución entre el gobierno de Iván Duque Márquez y las Autoridades Tradicionales Indígenas son relaciones de gobierno a gobierno y no en términos desiguales, dispares y de estigmatización, por lo tanto hacemos el llamado al respeto irrestricto de nuestros derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia de 1991, articulo 246 y demás normatividad vigente que reconoce nuestro carácter autónomo y de autoridad legítima emanada por nuestras comunidades y Pueblos indígenas.
2. En términos del DIH toda acción militar en nuestros territorios debe ser concertada con nuestras autoridades y en todos los casos las operaciones y quienes las adelantan, deben estar debidamente identificados como fuerzas legítimas del Estado.
3. La situación de la región amerita un gran nivel de diálogo y generación de confianza entre las comunidades indígenas y la fuerza pública, proceso que se afecta ante las graves
acusaciones de secuestro por parte del gobierno nacional y con operaciones sin cumplimiento del DIH, en medio del recrudecimiento del conflicto en nuestros territorios por tal razón solicitamos que el Acta inscrita con mediación de la Defensoría del Pueblo sea publicada ampliamente en todos los medios oficiales y nacionales, con el objetivo de disminuir el impacto estigmatizador de las informaciones difundidas el día de ayer.
EXIGENCIAS
1. Respeto a la autonomía de los Pueblos Indígenas, la inviolabilidad de nuestros territorios, la jurisdicción territorial propia y el ejercicio legítimo de autoridades de gobierno indígena.
2. Retractación de las declaraciones realizadas tanto por parte de los miembros del Ejército Nacional como del Consejero Presidencial de Seguridad del Gobierno de Duque sobre las acciones de la guardia indígena ante los hechos ocurridos en el departamento del Chocó , la creación y el ejercicio de control territorial de la guardia está legalmente constituida y representa un órgano vital para la pervivencia de los Pueblos Indígenas en Colombia y más aún, en territorios tan difíciles en términos de seguridad como lo es actualmente el departamento del Chocó.
3. Cumplimiento integral de los acuerdos realizados entre las comunidades indígenas y el Gobierno de Colombia, en cuanto a protección individual y colectiva de los Pueblos Indígenas, los cuales deben ser concertados con sus autoridades tradicionales y con enfoque diferencial indígena, así como de aquellos derivados del Capítulo Etnico para la Paz.
4. Desmonte de la Doctrina de Seguridad Militar que convierte a los colombianos en “enemigo interno” impidiendo la consolidación de una paz estable y duradera para lo cual llamamos a avanzar en el Acuerdo Humanitario.
- ¡CUENTEN CON NOSOTROS PARA LA PAZ NUNCA PARA LA GUERRA¡
- #JusticiaIndígenaNoEsSecuestro