Consejo de Gobierno del CRIR Risaralda Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC:  CONSEJEROS DEL CRIR DENUNCIAN: GRUPOS ARMADOS ILEGALES, GRUPOS CRIMINALES DE GOTA Y GOTA Y DELINCUENCIA COMÚN

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logo ONIC PÁGINA El Consejo de Gobierno de la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC, autoridad nacional de gobierno indígena, rechaza y condena los diferentes hechos de amenazas, persecución, y estigmatización de personas foráneas, en contra de los consejeros de los consejeros del CRIR de risaralda.

El día 22 de julio de 2024, la Consejería de Derechos de los Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Paz de la ONIC, tuvo conocimiento por parte de la señora consejera de Derechos Humanos del Consejo Regional Indígena de Risaralda CRIR, Ilma María Hiupa, sobre amenazas e intimidaciones dirigidas contra los miembros del consejo de gobierno del CRIC, quienes son autoridades indígenas del departamento.

Refiere la consejera de Derechos Humanos del CRIR menciona a la ONIC que el domingo 21 de julio de 2024 se recibieron mensajes de texto por parte del número telefónico 315 338 5831 enviados de manera separada a los números telefónicos de la mencionada consejera de derechos humanos del CRIR y la consejera de educación de la misma organización indígena.

Por lo anterior la Consejería de Derechos de los Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Paz de la Organización Nacional Indígena de Colombia - ONIC, solicita:

1- A la Fiscalía General de La Nación: Que conforme a la situación relatada por las amenazas contra los lideres indígenas del Consejo Regional Indígena de Risaralda CRIR: Marco Fidel Guasarave con C.C.9.817.040, Gilberto Nacavera con C.C. 18.601.986, Ilma Maria Hiupa con C.C. 1.093.535.996, Lorena Guaquerama con C.C. 1.004.964.810, Nelson Tanigama con C.C. 18.603.361 y Arnovia Obando con C.C.24.685.683, se desarrolle la investigación penal respectiva contra los responsables de dichos actos delictivos.

2- A la Unidad Nacional de Protección - UNP: Que de conformidad con su misión institucional y la normatividad que la rige, se establezcan y/o refuercen las MEDIDAS DE PROTECCIÓN INDIVIDUALES para los lideres indígenas del Consejo Regional Indígena de Risaralda CRIR: Marco Fidel Guasarave con C.C. 9.817.040, Gilberto Nacavera con C.C. 18.601.986, Ilma Maria Hiupa con C.C. 1.093.535.996, Lorena Guaquerama con C.C. 1.004.964.810, Nelson Tanigama con C.C. 18.603.361 y Arnovia Obando con C.C. 24.685.683, se desarrolle la investigación penal respectiva contra los responsables de dichos actos delictivos.

3- Al Ministerio del Interior: en cabeza de la oficina de seguimiento e implementación de las órdenes del Auto 004 de 2009 y 267 de 2017 de la Corte Constitucional para que coordine y despliegue la acción institucional suficiente y necesaria para la atención integral de las comunidades indígenas.

4- A la Defensoría del Pueblo: Que verifiquen los hechos descritos y genere desde sus competencias las garantías necesarias en materia de exigibilidad de derechos ante las entidades obligadas a actuar, para prevenir y proteger a las autoridades indígenas de Risaralda.