Continúa la persecución sistemática y la violación de los derechos fundamentales del Pueblo Wiwa
- por Soporte
La Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona (OWYBT), como representante del Pueblo Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, denuncia ante la opinión pública, a nivel nacional e internacional, los siguientes hechos:
– El 23 de mayo de 2016, en pleno casco urbano del municipio de San Juan del Cesar, departamento de La Guajira, siendo las 7:00 am, cuando se disponía a salir desde la Casa Indígena de este municipio hacia la ciudad de Valledupar, fue detenido el señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, Autoridad Tradicional del Pueblo Wiwa de la comunidad de Siminke, por parte de iembros de la Estación de la Policía Nacional y llevado a las instalaciones de la Fiscalía de ese mismo municipio
– Por otra parte, es de anotar, que los motivos por lo cual es detenido, se argumenta que es por homicidio y porte ilegal de arma de fuego.
– El caso en mención, se deriva de un hecho ocurrido el 10 de julio de 2012, en el cual al señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, fue víctima de una agresión con arma de fuego, quedando herido y rescatado luego por parte del Ejercito Nacional. Los agresores fueron los señores EDINSON DE JESUS MEJIA SOLIS y NELSON DE JESUS MEJIA MEJIA.Luego, el señor MOJICA PASTOR, coloca una denuncia ante la Fiscalía por este ataque el mismo día. Este suceso fue reportado por el diario El Pilon el día 12 de julio de 2012.
– Posteriormente, el señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, es involucrado en un proceso por parte del Ejercito Nacional, acusándolo como miembro del Frente 59 de las Farc. Este caso fue señalado en un documento del Ministerio de Defensa de fecha 24 de enero de 2014, identificándolo como alias “Chan”, remitido dicho documento a la OWYBT desde este ministerio el dia 15 de diciembre del año 2015.
– El día 19 de marzo de 2016, siendo aproximadamente las 9:00 am, fue detenido el señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, por miembros de la SIJIN de la Estación de Policía de San Juan del Cesar, sin orden de captura, argumentando que dicha detención era por los casos de homicidio, porte ilegal de armas y rebelión. Luego de tres horas fue puesto en libertad.
– El día 22 de abril de 2016, en el marco de seguimiento de las Medidas Cautelares de la CIDH en la Casa Indígena de San Juan del Cesar, donde asistieron el Ministerio de Relaciones Exteriores, Fiscalía seccional San Juan del Cesar y Valledupar, Defensoría del Pueblo, Unidad Nacional de Protección, Alcaldía de San Juan del Cesar, Secretaría de Asuntos Indígenas de la Gobernación de La Guajira, ONIC y la OWYBT, se colocó en conocimiento la situación de persecución sistemática de los derechos fundamentales del SEBASTIAN MOJICA PASTOR, mostrando las pruebas que demuestran su inocencia frente a las acusaciones anotadas anteriormente; quedando como compromiso de parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, de manera urgente y prioritaria, oficiar a las entidades competentes para que se le diera tramite de resolución lo antes posible.
– El día 17 de mayo de 2016, la doctora Mónica Fonseca de la oficina de DDHH y DIH de la Cancillería, mediante oficio (S-GAPDH-16047877), notifica a la OWYBT, que el señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, en relación a los compromisos asumidos en la reunión de seguimiento a las Medidas Cautelares de la CIDH, procedió a elevar la consulta respectiva a la Dirección de DDHH del Ministerio de Defensa, mediante oficio (S-GAPDH-16-042571) de fecha 3 de mayo de 2016, estando a la espera de la respuesta que se entregue al particular.
– En vista de lo anterior, vemos con preocupación que no ha habido agilidad para tramitar dicha información, pero si hay diligencia para detener al señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, mostrando claramente que existe una PERSECUCION SISTEMATICA, demostrando la poca o nula voluntad política del Estado para garantizar los derechos fundamentales del Pueblo Wiwa, especialmente de sus Autoridades Tradicionales y demás miembros.
EXIGIMOS:
– Que el señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, Autoridad Tradicional del Pueblo Wiwa, sea puesto en libertad lo antes posible, como garantía de sus derechos fundamentales.
– Que la Cancillería agilice de manera urgente y oportuna, los trámites correspondientes, que aclaren la situación del señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, cumpliendo así con los compromisos adquiridos en la reunión de seguimiento de las Medidas Cautelares de la CIDH, realizada en el municipio de San Juan del Cesar, el 22 de abril de 2016.
– Que el señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR, no sea trasladado a ningún otro sitio de reclusión y sea entregado a las Autoridades Tradicionales del Pueblo Wiwa, dentro del respeto a la Jurisdicción Especial Indígena.
– Que se realice de manera extraordinaria, una reunión para resolver de manera pronta y oportuna, entre los peticionarios y el Estado, para revisar y resolver el caso del señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR.
– Que la Procuraduría General de la Nación, revise el caso del señor SEBASTIAN MOJICA PASTOR y a la Defensoría del Pueblo hacer acompañamiento a este suceso.
ORGANIZACIÓN WIWA YUGUMAIUN BUNKUANARRUA TAYRONA OWYBT
VALLEDUPAR, CESAR
23-05-2016