Gobierno Nacional y Gobierno Indígena de Risaralda concertaron ocho acuerdos
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en Noticias
- Más de cinco mil Emberas Chami y Katio regresan a sus comunidades.
- Mesa técnica Departamental de Concertación, antes del 29 de abril.
PRIMERO: Se garantizará el derecho fundamental a una Educación que dinamice y fortalezca la identidad cultural del pueblo indígena Embera Chamí y Embera Katío, y como consecuencia.
a) El departamento de Risaralda el nombramiento en propiedad de CINCUENTA Y UN DOCENTES (51), previo aval de las autoridades indígenas y el cumplimiento de los requisitos del Decreto 804 de 1995, en las instituciones educativas indígenas del departamento.
b) Que durante el año 2016 se realizará el estudio técnico de necesidades de personal docente en las Instituciones Educativas Indígenas del departamento de Risaralda consultada con la mesa técnica departamental de concertación de políticas públicas para pueblos indígenas de Risaralda.
c) La Gobernación de Risaralda realizará el Nombramiento de Directivos Docentes que requieran las Instituciones Educativas Indígenas de Risaralda de acuerdo a la tasa Técnica establecida en el Decreto 3020 de 2002.
d) La Gobernación de Risaralda contratará previo aval de los Resguardos Indígenas, para la Institución Río Mistrató dos (2) administrativos, en la Institución Educativa Purembara dos (2) administrativos, en la Institución Etnoeducativa Embera Chamí tres (3) administrativos, se garantizará este personal administrativo contratado hasta tanto se nombren de conformidad con el concurso respectivo.
El nombramiento de los docentes, directivos docentes y contratación de los administrativos se realizará por parte de la Gobernación de Risaralda en el plazo máximo del veintidós (22) de Abril de dos mil dieciséis (2016), en el evento en que no se garantice estos nombramientos en este plazo se procederá de inmediato a suscribir el convenio interadministrativo para la prestación del servicio educativo con la Organización Nacional Indígena en todos sus componentes. Siempre que se entreguen las hojas de vida de los docentes, directivos docentes y administrativos con sus respectivos avales el día lunes dieciocho (18) de Abril de 2016 a la Secretaría de Educación departamental de Risaralda.
SEGUNDO: La Gobernación del Departamento de Risaralda garantizará los derechos fundamentales a la salud y la vida de los integrantes del pueblo indígena Embera Katío y Embera Chamí del departamento de Risaralda, para lo cual, se realizará el estudio Técnico para determinar las necesidades en infraestructura, dotación y personal de salud requerido en las poblaciones indígenas, estudio que se realizará en concertación en la mesa Técnica de consulta y concertación de las políticas públicas para los pueblos indígenas de Risaralda en un término de un (1) mes que se cumplen el próximo veinte (20) de mayo de 2016. En la mesa técnica departamental, también, se concertará la ejecución del plan de atención en salud en los tres componentes infraestructura, dotación y personal de salud.
TERCERO: La Gobernación del departamento de Risaralda garantizará el complemento nutricional de la totalidad de los estudiantes indígenas del departamento de Risaralda a través del PAE, de la siguiente manera:
- De cero a once desayunos para el 100% de los estudiantes indígenas del departamento de Risaralda.
- El almuerzo al 100% de los estudiantes indígenas de preescolar y básica primaria del departamento de Risaralda.
- Las Autoridades Indígenas garantizarán un lugar provisional para la preparación de los alimentos en cada sede, también, avalarán las manipuladoras de alimentos que serán financiadas de acuerdo a las condiciones de operación del Programa.
CUARTO: La Gobernación del departamento de Risaralda expedirá la resolución de reconocimiento y constitución del Centro Educativo WARRARA DE’ DEL RESGUARDO SURATENA en el Municipio de Marsella con 2 sedes, en un plazo de dos (2) meses. También expedirá la resolución de reconocimiento y constitución de un Centro Educativo en el Resguardo Indígena Jito Dokabu, en un plazo de seis (6) meses.
QUINTO: Se concedan las licencias o comisiones de docentes indígenas para que ejerzan como líderes o los roles que las comunidades les designen, de conformidad con la normatividad indígena aplicable, para lo cual se solicitará concepto a la CONTCEPI.
SEXTO: Para la garantía de los derechos territoriales de los pueblos indígenas de Risaralda, los procesos de reconocimiento, ampliación y saneamiento de los Resguardos o territorios en los que ancestralmente han ejercido derechos, se impulsarán en la mesa Técnica Departamental de políticas públicas para los pueblos indígenas, para lo cual la gobernación garantizará la presencia de las entidades competentes.
SÉPTIMO: El Defensor del Pueblo se compromete a realizar la gestión con la Defensoría Nacional del Pueblo, para que se instale la mesa de concertación entre la comunidad Embera del Alto Andágueda con la gobernación del departamento del Chocó y la administración municipal de la jurisdicción, con el fin de atender las problemáticas de esta población y en especial la garantía del derecho humano al agua, la salud, la electrificación, la vía carreteaba y el cumplimiento de la sentencia 007 del 23 de septiembre de 2014 y el auto 051 de seguimiento, además, el gobernador de Risaralda contribuirá en la interlocución con la Gobernación del Chocó para el mismo fin.
OCTAVA: El gobernador del departamento de Risaralda creará mediante acto administrativo la mesa técnica departamental de concertación de las políticas públicas con los pueblos indígenas en un plazo de quince (15) días calendario, que se cumplen el próximo 29 de Abril de 2016.
Rodrigo Nacavera 3194044530 – Presidente del CRIR.
Alberto Wazorna 3146408787 – Consejero de Territorio ONIC.
ComunicaONIC:
3214717405 – 3182174569.