Juez de la Republica,reafirma el ejercicio de la gobernabilidad y la autonomía de los pueblos indígenas

FELICIANO

Un Juez de la Republica, del juzgado primero especializado del circuito de Popayán, Cauca absolvió al dirigente indígena Feliciano Valencia del delito de secuestro simple y lesiones personales agravadas. Desde el año 2008 cuando los pueblos indígenas del Cauca a raíz de los reiterados incumplimientos por parte del gobierno nacional, las comunidades y pueblos indígenas agrupadas en el CRIC,   deciden levantarse en Minga de Resistencia Social y Comunitaria como mecanismo de exigencia y respeto a los pueblos y la garantía de los derechos fundamentales, este trabajo colectivo se realizó en el Territorio de Convivencia, Dialogo y Negociación La María Piendamo, Cauca.

La minga indígena siendo un ejercicio legítimo y Pacifico, fue fuertemente reprimido por el gobierno nacional, donde fue asesinado un comunero indígena y resultaron  heridos más de cien indígenas como consecuencia de la represión estatal, en el fragor de la lucha y resistencia se infiltra un soldado, la guardia indígena lo captura y las autoridades propias lo investigan y los más de 10 mil indígenas en cabeza de las 120 autoridades tradicionales reunidos en la María Piendamo, determinan aplicar el remedio al soldado, este a su vez demanda y la fiscalía individualiza el caso y le imputa el delito al compañero FELICIANO VALENCIA por haber participado en un juicio público de las comunidades indígenas del Cauca.

El juez encargado del caso, tomo en cuenta los aportes otorgados por la defensa, en el sentido que la acción de aplicación de justicia  fue una actuación colectiva de acuerdo a la jurisdicción especial indígena, según usos y costumbres y que en ningún momento se trató de una retención ilegal o secuestro como se quiso demostrar por la parte demandante.

El programa de  defensa por  la vida y de los derechos humanos, considera el alcance constitucional y política la decisión del Juez de la Republica sobre la absolución de Feliciano Valencia, y reafirma el ejercicio de la gobernabilidad, la autonomía y legitimidad de la acción jurídica desde el derecho propio y deja precedentes claros frente a esta clase de delitos en territorios de las comunidades indígenas, al ser reconocida su jurisdicción especial como quedó definido en la Constitución Nacional en 1991 y en consecuencia ratifica la forma de corrección que se aplica por los pueblos originarios.

La lectura pública de la sentencia se realizará el 24 de Marzo, por parte del juzgado en mención, fecha para la cual se hace un llamado a todas las autoridades tradicionales a hacer presencia en la ciudad de Popayán y reafirmar la forma de aplicar justicia no solo en el departamento del Cauca sino en todo el ámbito territorial  de los Pueblos Indígenas de Colombia.

CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA CRIC

PROGRAMA DE COMUNICACIONES Y DEFENSA DE LA VIDA Y LOS DERECHOS HUMANOS