Resolución: "Mujeres, violencias y acceso a la justicia".

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Silvania (Cundinamarca), 29 de mayo de 2015.

 

 

LA ASAMBLEA NACIONAL DE AUTORIDADES DE LA ORGANIZACIÓN NACIONAL INDÍGENA DE COLOMBIA (ONIC):

 

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Origen, el Derecho Mayor y el Derecho Propio establecen los principios de dualidad,  complementariedad, equilibrio y armonía entre  todos los seres de la naturaleza y entre hombres y mujeres.

Que el VIII Congreso de los Pueblos Indígenas de la ONIC mandató a la Autoridad Nacional de Gobierno Indígena: “Conocer, documentar y denunciar casos de violencias contra mujeres y niñas indígenas, e impulsar en las diferentes regiones, expresiones de rechazo en contra de las violencias hacia las mujeres” (Mandato 224, Numeral 10 del Mandato Político General de los Pueblos Indígenas de Colombia 2012-2016).

Que así mismo, el Mandato estableció la necesidad de “Conocer la situación del acceso de las mujeres indígenas a la justicia, fortalecer las instancias de justicias propias indígenas que garanticen el acceso real, efectivo y equitativo a la justicia para las mujeres, niñas y niños, víctimas de la violencia interna” (Mandato 224, Numeral 11).

Que  una visión de la vida  indígena en armonía y equilibro, exige la responsabilidad del conjunto de Asociaciones, Organizaciones Indígenas, sus Autoridades, y de la comunidad en general, en aras de garantizar plena y efectivamente  el derecho de las mujeres a una vida libre de todo tipo de violencias y discriminación.

Que las Autoridades Indígenas reunidas en la primera Asamblea Nacional de Autoridades de la ONIC del año 2015 son conscientes de la grave situación de violencias, riesgo y vulneración de derechos que viven las mujeres y las niñas, por  causas  de diferentes formas de violencia y de prácticas nocivas que afectan su integridad física, psicológica y espiritual, trasgrediendo así la Ley de Origen.

Que para el cumplimiento de los mencionados Mandatos y la realización de nuestro Plan de Vida, es necesario que se garantice el derecho de las Mujeres Indígenas a vivir una vida libre de violencias y discriminación, para lo cual  se deben emprender acciones concretas que conlleven estrategias de prevención, protección, y de restablecimiento del equilibrio y la superación de los obstáculos en el acceso a la justicia.

Que los espíritus de la Madre Tierra, de dioses,  ancestros y ancestras iluminen nuestras palabras y guíen el camino a seguir.

RESUELVE:

En relación con los procesos de justicia en casos de Mujeres Indígenas:  

  1. Poner en funcionamiento el Consejo Nacional de Justicia Indígena, garantizando  la participación de las mujeres, como instancia judicial nacional propia que se encargue de establecer una estrategia de judicialización de los casos de violencia contra las mujeres y de seguimiento a los procesos adelantados por las Autoridades Indígenas locales  y regionales
  2. Con el liderazgo de la Consejería de Mujer, Familia y Generación de la ONIC y las directrices de los sabios y sabias, formular una ruta pedagógica propia de prevención y atención de todas las formas de violencia contra las mujeres y unos lineamientos para la atención de casos de violencia contra las mujeres para que tanto las Autoridades Indígenas como las distintas comunidades tengan herramientas para  el acompañamiento,  judicialización y decisión de estos casos.
  3. Las Asociaciones Zonales y Organizaciones Regionales revisarán con sus comunidades indígenas de base, los reglamentos internos de estas para identificar los mecanismos y procedimientos que permitan establecer cómo se están abordando las problemáticas, casos de violencias y apuestas de las mujeres con estrategias claras para avanzar en el acceso a la justicia, garantizando en todo caso la participación de las mujeres en los distintos procesos de justicia. Los casos acompañados serán los insumos para caracterizar la problemática y determinar las medidas necesarias para enfrentarla.
  4. Las Asociaciones Zonales y Organizaciones Regionales avanzarán en una estrategia de fortalecimiento y acompañamiento espiritual, siendo los mayores y mayoras quienes tiene la sabiduría para orientar las decisiones de las Autoridades en los casos de violencia contra las mujeres.

 

Sobre los espacios de formación:

  1. En los procesos de formación se  incluirá el tema de violencias contra las mujeres, incluyendo todas aquellas prácticas nocivas que atentan contra la vida, la integridad y la salud de las mujeres y Los procesos de sensibilización  estarán dirigidos a los compañeros, compañeras y Autoridades hombres y mujeres en las diferentes comunidades indígenas.
  2. Como medida de prevención frente a hechos que pueden atentar contra la armonía de los espacios propios y la integridad las participantes, se garantizará un proceso de registro de las personas que asisten a los espacios convocados por la ONIC, con el acompañamiento de la Guardia Indígena. Las personas que asisten a estos encuentros deben estar certificadas y avaladas por las Organizaciones.
  3. Establecer  una agenda propia  que garantice el fortalecimiento político y organizativo de las mujeres indígenas.
  4. Reconocer, apoyar y respaldar el trabajo del Consejo Nacional de Mujeres Indígenas de la ONIC, y definir mecanismos y estrategias para su funcionamiento y fortalecimiento.
  5. Fortalecer los sistemas de justicia propia interna de los Pueblos y Comunidades así como los mecanismos de justicia que permitan abordar de manera integral los casos de violencias en contra de las mujeres, niños, niñas y jóvenes indígenas.

Esta Asamblea de autoridades de las 45 organizaciones zonales y regionales filiales a  la ONIC, condena de manera enfática cualquier hecho de violencia en contra de nuestras mujeres.