CRIC convoca a debate público de urgencia sobre jurisdicción especial indígena, derecho a la movilización libre y garantías para la protesta social, el 12 de octubre de 2015

En el marco de la asamblea permanente declarada por las Autoridades Indígenas del CRIC, la consejería mayor convoca a las comunidades indígenas, a las organizaciones de la Minga de resistencia indígena y social, al gobierno nacional e instituciones del Estado, a un debate público de urgencia sobre los derechos constitucionales que se encuentran violentados y criminalizados a raíz de la condena de Feliciano Valencia: Ejercicio de la jurisdicción indígena especial y garantías para la movilización social.

La jurisdicción indígena especial, que constituye un derecho individual de la persona para ser juzgado acorde con sus tradiciones y un derecho de cada pueblo indígena de ejercer justicia propia, hoy se encuentra criminalizada y amenazada: las autoridades indígenas que la ejerzan, pueden ser, por razones políticas o económicas, detenidas y/o condenadas desde el poder de un Estado que se niega a reconocer las normas constitucionales.

Igualmente, el derecho a la movilización social ha sido criminalizado en Colombia con la condena de Feliciano Valencia y muchos otros casos, sucedidos incluso este año, como la condena y judicialización de sectores que han realizado grandes movilizaciones como la Marcha Patriótica, el Congreso de los pueblos, la MANE, para lo cual lo más común es generar falsos positivos judiciales, acusando a personas de estos movimientos de tener vínculos con la guerrilla, realizar actos terroristas, incurrir en secuestro cuando exigen la presencia de un funcionario público, etc.

Las organizaciones con las cuales nos agrupamos en la Minga de resistencia Indígena y social saben qué fue lo sucedido en la María en el año 2008, dentro de lo cual destacan:

  • Fue asesinado por la policía el indígena Taurino Ramos y heridos con armas de fuego más de 50 indígenas. El Presidente de entonces dijo públicamente que la policía no usaba armas de fuego en movilizaciones, pero luego tuvo que salir a retractarse públicamente cuando noticieros internacionales mostraron cómo un francotirador se ubicaba dentro de los cordones de SMAD y desde allí disparaba. Estos casos no han tenido ningún resultado judicial y es posible que ni siquiera hayan entrado en investigaciones previas.
  • El resguardo de la María fue invadido con tanquetas por la Fuerza pública, las viviendas de las familias de la comunidad destruidas en un alto porcentaje, e impedido el tránsito de los habitantes durante más de un mes. Entre tanto la Minga se dirigía hacia Bogotá, obligando al presidente a ir hasta la María en un debate público en el cual se pusieron en su conocimiento y en el de las autoridades judiciales y de control todas las violaciones a los derechos humanos que allí se presentaron. En este caso tampoco avanzó ninguna investigación judicial ni administrativa.
  • Es claro para todos que lo sucedido con el cabo Danilo Chaparral fue un ejercicio de control territorial y de jurisdicción especial indígena. Paradójicamente, la justicia ordinaria se dio toda la maña para sacar este caso de su contexto y tramitarlo como un caso de secuestro, llegando hasta un fallo condenatorio en segunda instancia, mostrando ante la opinión pública unos resultados muy distintos a los de aquellos casos en donde sí se presentaron delitos.

El CRIC, las organizaciones sociales de la Minga de resistencia indígena y social, la ONIC y organizaciones que nos agrupamos en la cumbre agraria y las dignidades agropecuarias queremos conocer a profundidad y debatir los planteamientos del Gobierno nacional y las entidades correspondientes del Estado en torno a la vigencia de la Constitución Nacional, en especial de los derechos aquí señalados.

El Gobierno nacional ha señalado que ya está cercana la firma de los acuerdos de paz con las FARC. ¿Será que con las actuales acciones del Estado criminalizando la protesta social se están preparando las condiciones para una paz sin movilización, sin organización y sin lucha por los derechos? Las organizaciones sociales tenemos claro que:

  • Los derechos que los pueblos hemos logrado con la lucha permanente deben ser respetados y acatados por el Estado;
  • la movilización y la protesta no podrá ser impedida, ya que en la historia es imposible detener los procesos sociales;
  • para lograr un país en rumbo hacia la paz y la convivencia, el Estado debe respetar y trabajar por la vigencia de la Constitución Nacional.

Por tanto, convocamos a debate público de urgencia entre comunidades indígenas, académicos, organizaciones sociales, gobierno nacional y demás instituciones del Estado sobre vigencia y garantías para el ejercicio de:

  • Jurisdicción especial indígena.
  • Derecho a la movilización libre y garantías para la protesta social.

Sitio: La María, Piendamó. Fecha de debate: 12 de octubre de 2015.

Nota: se convoca a las comunidades indígenas y a las organizaciones sociales desde el día 10 de octubre para analizar previamente las posibilidades de retomar el proceso de la Minga de resistencia indígena y social.

FELICIANO VALENCIA NO ES UN DELINCUENTE, ES UN LUCHADOR SOCIAL CONDENADO POR HACER EJERCICIO DE SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES

Popayán, 5 de octubre de 2015.

CONSEJERÍA MAYOR DEL CRIC.